Abogada Especialista en Defensa de Menores en Málaga

Abogada Especialista en Defensa de Menores en la ciudad de Málaga

En el ámbito del Derecho de Defensa del Menor y la Infancia, ofrezco asesoramiento con la máxima profesionalidad, comprometiéndome a identificar y abordar las necesidades específicas de los menores. Mi enfoque se centra en la resolución de asuntos y circunstancias que se presentan, siempre con el objetivo de promover el equilibrio, bienestar y estabilidad de los menores.

Ofrezco un asesoramiento minucioso y activo en la defensa de los derechos del menor, aplicando sistemas de protección que les garantizan amparo legal. Asumo la dirección letrada ya sea representando a la defensa o actuando en la acusación.

Como abogada, me comprometo a asegurar la protección integral de los menores, aplicando todos los mecanismos y recursos disponibles en el ámbito legal. Contáctame para recibir asesoramiento especializado y garantizar el mejor interés de los menores en cada situación.

Como Abogada Especialista en la Defensa de Menores le ayudo en:

  • Expedientes en Fiscalía

  • Procedimientos sobre Responsabilidad Penal del Menor

  • Expedientes de Desamparo

Defensa Legal del Menor - Preguntas Frecuentes

En el ámbito legal de la defensa del menor, surgen interrogantes comunes que requieren respuestas claras y especializadas. A continuación, abordamos algunas de las preguntas más frecuentes para ofrecer una orientación precisa y contribuir a la comprensión de este importante campo del derecho.

El procedimiento penal se inicia cuando el Fiscal de Menores toma conocimiento de la posible comisión de un delito por parte de personas mayores de 14 años y menores de 18, según lo establecido en el artículo 1 de la Ley 5/2000

La detención de un menor no puede exceder el tiempo necesario para las investigaciones, con un límite máximo de 24 horas. En un plazo de 48 horas, el Ministerio Fiscal decide la liberación del menor o solicita medidas cautelares al Juez de Menores.

A los menores de edad no se les imponen penas, sino medidas de seguridad. Estas se determinan considerando la edad, las circunstancias personales, familiares y sociales del menor, así como su personalidad. El objetivo principal es elegir aquellas medidas más adecuadas para su formación y educación.

En el marco de las medidas aplicadas a menores, se busca un abordaje integral que considere la singularidad de cada situación. Estas medidas incluyen:

  • Internamiento en Régimen Cerrado: Cuando se requiere un entorno controlado para garantizar la seguridad y el proceso de reforma del menor.
  • Internamiento en Régimen Semiabierto: Una alternativa que permite cierta libertad bajo supervisión, fomentando la adaptación gradual a un entorno menos restrictivo.
  • Internamiento en Régimen Abierto: Proporciona una mayor autonomía, manteniendo la supervisión necesaria para el proceso de reinserción.
  • Internamiento Terapéutico en Régimen Cerrado: Centrado en el tratamiento y la atención terapéutica, especialmente diseñado para abordar necesidades específicas.
  • Asistencia a un Centro de Día: Una medida que permite la participación activa del menor en programas educativos y de apoyo, mientras mantiene su residencia fuera del centro.
  • Permanencia de Fin de Semana: Un enfoque que busca equilibrar el proceso de reforma con periodos de convivencia familiar durante los fines de semana.
  • Libertad Vigilada: Implica una supervisión constante con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las condiciones establecidas para la reinserción.

En ningún caso, las acciones realizadas por un menor generarán antecedentes penales. Sin embargo, es posible que existan antecedentes policiales, es decir, registros en los ficheros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Para eliminar estos registros, se puede solicitar la correspondiente cancelación.

En consecuencia, las medidas impuestas durante la minoría de edad, incluso si no se han cumplido, no constituirán un impedimento para participar en pruebas que requieran carecer de antecedentes penales.

La situación de desamparo se configura cuando, de manera efectiva, se incumplen o resulta imposible llevar a cabo los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores. Esto ocurre cuando los menores se encuentran privados de la asistencia moral o material necesaria.

Abogada derecho de menores en Málaga

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